Bromatología
Blvd. 42 y calle 23
El área de Bromatología cumple la función de realizar controles en todos los establecimientos dedicados a la elaboración, manipulación, fraccionamiento y distribución de alimentos.
Una de las facetas importantes de esta actividad es el asesoramiento de la comunidad sobre normas higiénico sanitarias.
Dirección de Bromatolgía
La BROMATOLOGÍA se define como la ciencia que estudia la producción, manipulación, elaboración y distribución de los alimentos, así como también su relación con la sanidad.
Inspección Sanitaria y Bromatológica
Es la herramienta indispensable para constatar el cumplimiento de la normativa vigente, fijada en la Ley Nacional N° 18.284, Código Alimentario Argentino.
Quedarán sujetos a la inspección sanitaria y bromatológica los productos alimenticios frescos, enfriados, y/o congelados, que tengan como destino final el municipio y sean comercializados por:
- Abastecedores con licencia habilitada en el municipio.
- Abastecedores de otros municipios de la Provincia de Buenos Aires.
- Abastecedores de otras Provincias.
Desde esta Dirección se trabaja de manera diaria en la vigilancia de todos los alimentos que ingresan a la ciudad, haciendo control de todos los camiones previo al reparto a los comercios; controlando temperatura, forma de traslado y control de la documentación respaldatoria, principalmente en productos cárneos.
Se pone énfasis al orden y limpieza del vehículo que transporta las mercaderías y del personal que lo descarga.
En cuanto a la elaboración y expendio por parte de los comercios, se realizan auditorias, (la diferencia entre auditorías e inspecciones, es que las primeras son educativas y la segundas son punitivas) en las cuales se trata de educar al comerciante en cómo realizar su actividad de manera inocua para la salud de la población.
Se trabaja en conjunto con la Dirección de habilitaciones realizando la auditoria de todos aquellos comercios que se van a habilitar y expendan comidas y bebidas, como así también hoteles y geríatricos.
Facultades y obligaciones de la Autoridad de Aplicación
- Comprobar el estado sanitario de los productos alimenticios introducidos para ser comercializados en el municipio.
- Proceder al decomiso de productos alimenticios que no se hallen en las debidas condiciones para el consumo.
- Levantar Actas como consecuencia de las inspecciones, cuando corresponda según el Código de Faltas Municipal.
- Controlar la vigencia de la Habilitación del SENASA.
- Verificar las condiciones de higiene del vehículo que transporta productos alimenticios.
Capacitación
A partir de la entrada en vigencia del Art. 21 del Código Alimentario Argentino, en el cual se norma la obligatoriedad de la obtención del Carnet de Manipulación de Alimentos a todas las personas que elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen alimentos, esta Dirección está inscripta en la DIPA (Dirección Provincial de Alimentos) como entidad capacitadora, pudiendo emitir dicho carnet con vigencia en todo el territorio nacional.